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Asuntos Municipales
Subsecretario: Lic. Alejandro G. Arlía

E-mail: sam@gob.gba.gov.ar
Tel: (0221) 429-4062/63
Fax: (0221) 429-4064
 
Servicios

Dirección Provincial de Programación y Gestión Municipal
Lic. Marina Cortéz
Tel: (0221) 429-5233
marinacortez@gob.gba.gov.ar

Dirección Provincial de Desarrollo Regional
Lic. Alberto Francomano
Tel: (0221) 429-5326
E-mail: afranc@gob.gba.gov.ar

Dirección Provincial de Gestión y Seguimiento Presupuestario
Lic. Martín Di Bella
Tel: (0221) 424-9042
E-mail: mdibella@gob.gba.gov.ar

 
Objetivos
  1. Proponer planes y programas tendientes a la optimización de las relaciones entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y las Municipalidades.
  2. Atender temas referidos a la asistencia técnica a brindar a los municipios, de acuerdo con sus particularidades y problemáticas específicas.
  3. Coordinar con los municipios la aplicación de la normativa vigente en relación a sus respectivos funcionamientos y la fiscalización del cumplimiento de la misma.
  4. Programar los análisis y estudios necesarios a fin de realizar las evaluaciones requeridas para compatibilizar las propuestas programáticas con los recursos propios, tendiendo a determinar necesidades de complementación presupuestaria y coordinando pautas con el Ministerio de Economía.
  5. Planificar y coordinar las actividades conducentes al desarrollo del interior de la Provincia y el Conurbano Bonaerense elaborando cursos de acción, implementando mecanismos apropiados para su mejor administración y concertando criterios comunes y afines con otras jurisdicciones del Gobierno Provincial.
  6. Elaborar propuestas sobre la normativa vigente promoviendo una administración municipal eficiente y moderna.
  7. Coordinar las acciones tendientes a evaluar la prestación y las necesidades en materia de servicios públicos, de acuerdo a la capacidad económico financiera y a la densidad poblacional de cada municipio.
  8. Asistir al Jefe de Gabinete y Gobierno en la negociación de convenios interjurisdiccionales y con Organismos Multilaterales de Crédito que incidan en el presupuesto provincial.
  9. Asistir al Jefe de Gabinete y Gobierno en la asistencia financiera a otorgar a los Municipios.
  10. Coordinar y gestionar con el Estado Nacional y los Organismos Internacionales de Crédito asistencia financiera destinada a los Municipios.
  11. Intervenir con carácter previo a la aplicación de los fondos del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, y participar en su ejecución con excepción de todas aquellas actividades relacionadas con políticas públicas de carácter fiscal y financiero cuya asignación e implementación estará a cargo del Ministerio de Economía.
  12. Dictar la reglamentación necesaria, juntamente con el Ministerio de Economía, para el funcionamiento del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal.
  13. Asistir al Jefe de Gabinete y Gobierno en la formulación de la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, y en el diseño conjunto con el Ministerio de Economía de los criterios y las pautas de su asignación.
  14. Participar en la elaboración, evaluación y control de la ejecución del presupuesto provincial; como así también en lo inherente a sus modificaciones.
  15. Participar y centralizar la información relacionada con la gestión municipal.
  16. Coordinar acciones con el objeto de establecer la definición e integración de las regiones que conforman la Provincia de Buenos Aires, a partir de los indicadores y series de tiempo económico – financiero de gestión municipal.
  17. Promover el análisis y estudio de la autonomía municipal a fin de adaptar la estructura político institucional de los Municipios bonaerenses a lo establecido en el artículo 123 de la Constitución Nacional.
  18. Entender en todas las cuestiones inherentes a los Municipios, evaluar y aconsejar sobre la creación de nuevos Municipios o proponer la reunión o división de los existentes, así como participar y proyectar las propuestas de regionalización.
  19. Asistir a los Municipios de la Provincia en la búsqueda de cooperación internacional y asistencia técnica.
  20. Entender en el ordenamiento físico, urbano y regional del territorio, coordinando acciones con otras carteras ministeriales en la materia e intervenir en las cuestiones inherentes al uso del suelo.
  21. Diseñar e implementar el Registro Provincial de Urbanizaciones Cerradas.
  22. Entender en la relación financiera de los Municipios con el CEAMSE.
  23. Coordinar la relación entre los Municipios y el Poder Ejecutivo en las cuestiones inherentes a los servicios públicos municipales, sin perjuicio de las competencias específicas de otras jurisdicciones competentes.
 

 

 
     
 
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