Provincia
de Buenos Aires
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
POR 5 DÍAS
- Por el presente se cita y emplaza al Sr. MARCOS DANIEL FERNÁNDEZ
(DNI Nº 13.360.051), a que comparezca a prestar declaración
indagatoria en distintos sumarios administrativos de responsabilidad ordenados
por el Señor Contador General de la Provincia con motivo de presuntas
irregularidades en los valores abonados por el Servicio Penitenciario
de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de distintas contrataciones
directas llevadas
a cabo para la adquisición de insumos con destino a las Unidades
Penitenciarias de esa jurisdicción, por ante esta Instrucción,
sita en el Departamento Instrucción de la Dirección de Sumarios
de la Contaduría General de la Provincia, calle 46 entre 7 y 8
de La Plata, piso 1ro, corredor D, Oficinas 142/144 - Te. 0221-4294400,
int. 84649, el día 15 de diciembre de 2009, a las horas que en
cada caso se indican, fijándose supletoria para el 16/12/09, mismas
horas: 1) 5400-2347/05, (Resolución 882/05, por la adquisición
de leche en polvo y líquida entera.) : 9.00 horas. 2) 5400-2458/05,
(Resolución 919/05, por la adquisición de harinas de: trigo
y semolín de trigo): 9.30 horas. 3) 5400-2222/05, (Resolución
839/05, por la adquisición de carne vacuna.): 10.00 horas. 4) 5400-2200/05,
(Resolución 830/05, por la adquisición de víveres
frescos y huevos.): 10.30 horas. 5) 5400-2199/05, (Resolución 829/025,
por la adquisición de víveres secos.): 11.00 horas. 6) 5400-2066/05,
(Resolución 831/05, por la adquisición de víveres
frescos y huevos.): 11.30 horas. 7) Expte. 5400-2131/05 (Resolución
832/05, por la adquisición de Leches en Polvo); 12.00 horas. Al
mismo tiempo se le hace saber la obligación de comparecer, conforme
el Art. 78, inc. p) del estatuto del empleado Público (Ley Nº
10.430, conforme texto Ley Nº 11.758), el que dice: “Sin perjuicio
de lo que particularmente impongan las leyes, decretos, resoluciones y
disposiciones, los agentes deben cumplir estricta e ineludiblemente las
siguientes obligaciones: ..p) Declarar en los sumarios administrativos
ordenados por autoridad competente, siempre que no tuviere impedimento
legal para hacerlo, así como también en las informaciones
sumarias”, así como de la facultad conferida por el artículo
72 -parte pertinente- de la Ley de Contabilidad 7764, en virtud de la
cual su comparecencia resulta carga ineludible: Art. 72: “El Contador
de la Provincia o los funcionarios en quienes delegue la instrucción
sumarial a que se refiere el artículo 70, podrán tomar declaraciones
indagatorias a los presuntos responsables, hacer comparecer como testigos
a cualquier agente y citar a los mismos efectos a particulares...”.
Fdo. Dr. Marcelo A. Ochotorena, Instructor Sumariante.
C.C. 14.068 / nov. 30 v. dic. 4
MUNICIPALIDAD
DE AZUL
POR 3 DÍAS
– La Municipalidad de Azul, cita y emplaza por el término
de 10 (diez) días a CHIODI PEDRO CASILDO; CHIODI ALICIA PAULINA;
VERSTRAETEN FRANCISCO PEDRO; DE ANCHORENA MATILDE LIDIA y/o quienes se
consideren con derechos sobre los inmuebles ubicados en la localidad de
Chillar, calles 6 de Septiembre, A. Alsina, 9 de Julio y Pellegrini, con
Nomenclatura Catastral: Circunscripción VII, Sección A;
Manzana 27; Parcelas 1 a 38 en el expediente municipal DM-543/03- Ord.
2645/2008, en el que tramita la Prescripción Adquisitiva Art. 2°,
L.N. 21477/76 Modif. L.N. 24320/94. Lic. María Angélica
Gómez, Dpto. Comunicación Social.
C.C. 14.065 / dic. 1° v. dic.3
Provincia
de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS
Disposición Nº 85/09
La
Plata, 3 de noviembre de 2009.
POR 5 DÍAS - VISTO la necesidad de adoptar medidas
que posibiliten el mejor y normal desenvolvimiento de los trámites
referenciados por el artículo 22 de la Disposición Nº
12/03 y atento los breves plazos previstos para el diligenciamiento de
los denominados “Trámites Especiales y Preferenciales”,
y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 7.886/72 dispone la feria administrativa de esta Dirección
Provincial, consecuentemente la suspensión de los términos
que corren durante el mes de Enero de cada año, en cada uno de
los expedientes que tramitan en esta jurisdicción.
Que en razón del notorio aumento del caudal de trabajo que se ha
registrado en el último trimestre y la necesidad de dar tramitación,
de acuerdo a los recursos humanos y materiales con los que cuenta la Dirección,
a todos los expedientes, sean estos trámites ordinarios como especiales,
antes del comienzo de la feria administrativa, resulta conveniente la
adopción de recaudos que permitan alcanzar dicho objetivo.
Que en la práctica no se podrá cumplimentar en su integridad
el trámite de los expedientes especiales que ingresen a esta repartición,
si no se cuentan con los días hábiles suficientes.
Que situación similar se presenta en el “Departamento Rúbricas
de Libros” y “Delegaciones del Interior”, debiendo ajustar
los ingresos de trámites de acuerdo a las modalidades propias de
cada departamento.
Que en tal sentido se ha estimado como prudente fijar como últimos
días de recepción de trámites especiales para su
inscripción en el presente año, en esta Sede el 1º
de diciembre de 2009, y en las Delegaciones del interior el día
24 de noviembre de 2009 . Asimismo corresponde fijar como últimos
días de ingreso de solicitudes de rúbrica Especial y Preferencial
en la sede central el día 11 de diciembre de 2009 y para las Delegaciones
del interior el día 4 de diciembre de 2009.
Por ello
EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO
1º - Suspender el ingreso, por Mesa de Entradas de esta sede central,
de trámites especiales en el período comprendido entre el
2 de diciembre y el 31 de diciembre del año 2009.
ARTÍCULO 2º - Suspender el ingreso, por las Delegaciones del
Interior, de trámites especiales en el período comprendido
entre el 25 de noviembre y el 31 de diciembre del año 2009.
ARTÍCULO 3º - Fijar como último día de ingreso
en la Mesa de Entradas de rúbricas de esta sede, para el trámite
especial y preferencial, el día 11 de diciembre de 2009 y en las
Delegaciones del Interior de la Provincia el día 4 de diciembre
del año 2009.
ARTÍCULO 4º - Los trámites que ingresen con petición
de especial con posterioridad a dichas fechas, se les dará trámite
ordinario hasta el último día del mes de enero del año
2010, continuando como especial a partir del primer día hábil
de febrero de 2010.
ARTÍCULO 5º - Por el Departamento Delegaciones del Interior
habrá de procederse a instruir a las Oficinas Delegadas de esta
Dirección Provincial, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes
en concordancia con lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 6º - Regístrese, comuníquese a los
señores Directores de Legitimaciones, de Fiscalizaciones, de Registro,
de Mutuales y Técnico Administrativo y a las Oficinas Delegadas
y publíquese en el Boletín Oficinal y al SINBA. Cumplido,
archívese.
Pedro Enrique Trotta
Director Provincial
C.C. 13.147 / dic. 1º v. dic. 7
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN DE CONTRALOR AGROPECUARIO, FORESTAL
Y AGROALIMENTARIO
Disposición Nº 76
La
Plata, 13 de junio de 2008.
POR 5 DÍAS
- VISTO el expediente Nº 22225-2241/2007 mediante el cual tramitan
las actuaciones previstas en el Decreto Ley Nº 8.785/1977 y modificatorias,
por infracción al Decreto Ley Nº 10.081/1983 Código
Rural de la Provincia de Buenos Aires, cometida por Labradores de Ballester
Sociedad en Comandita por Acciones, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 obra Acta de Comprobación e Imputación, de
fecha 10 de octubre de 2006, donde personal de esta Secretaría
de Estado informa haberse constituido en Rotonda que une las Rutas Nº
33 y 65, donde se inspecciona camión jaula y se constata la cantidad
de treinta y un (31) animales vacunos tipo vacas, amparadas bajo su Guía
Única de Traslado Nº 078062, remitidos por Labradores de Ballester
Sociedad en Comandita por Acciones, los cuales se hallaban recientemente
marcados pese a superar el año de vida, por lo que el funcionario
actuante procedió a labrar el acta respectiva por constituir “prima-facie”
los hechos mencionados una infracción a lo dispuesto en el artículo
148 del Decreto-Ley Nº 10.081/83 (Código Rural);
Que a foja 8 obra cédula de notificación, donde se la notificó
de la infracción, como así también del plazo de cinco
(5) días para presentar descargo, sin que obre el mismo en las
presentes actuaciones;
Que revistiendo la precitada
acta el carácter de denuncia en los términos del artículo
12 del Decreto Ley Nº 8.785/1977, y hallándose satisfechos
los recaudos legales determinados por los artículos 14 y 15 y concordantes
del citado Decreto Ley, analizado por el área respectiva los elementos
destacados, permiten considerar fehacientemente probada la responsabilidad
de la imputada, teniéndose por acreditada la infracción
al artículo 148 del Decreto Ley Nº 10.081/1983;
Que a foja 11 obra Informe Técnico, aconsejando el dictado del
pronunciamiento sancionatorio por resultar indubitable la comisión
de la infracción imputada, dictaminando la Asesoría General
de Gobierno a foja 15;
Que el suscripto se halla facultado para el dictado del presente acto
administrativo en virtud del artículo 2º del Decreto Ley Nº
8.785/1977, modificado por la Ley Nº 10.491; Ley Nº 13.757,
Decreto Reglamentario Nº 232/2008 y Decreto Nº 706/2008;
Por ello,
EL DIRECTOR DE CONTRALOR AGROPECUARIO, FORESTAL Y AGROALIMENTARIO, DISPONE:
ARTÍCULO
1º - Sancionar a Labradores de Ballester Sociedad en Comandita por
Acciones, CUIT Nº 30-50751132-1, con domicilio en Avenida Córdoba
Nº 875 de la Localidad y Partido de Salliqueló, Provincia
de Buenos Aires, con una multa de pesos dos mil ochocientos cincuenta
y seis con treinta y seis centavos ($ 2856,36), equivalente a seis (6)
sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial,
conforme al artículo 24 del Decreto 271/1978, por infracción
al artículo 148 del Decreto Ley Nº 10.081/1983, y por las
razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO 2º - La multa impuesta deberá abonarse dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación
de la presente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Al efecto
deberá ingresar en la página de la Subsecretaría
de Asuntos Agrarios http://www.maa.gba.gov.ar/sistemas/central_pagos/emitidos.php
e ingresar DNI o CUIT o CUIL y generar Boleta de Pago y por último
abonar la suma de pesos cinco ($5) en concepto de reposición de
fojas, debiendo ingresar para ello a http: //www.maa.gba.gov.ar /sistemas/central_pagos/datostasa.php?id=210;
ingresar CUIT o DNI, ir a agregar, cargar datos y luego ingresar e imprimir
boleta. Una vez efectuado el pago deberá remitir el original o
copia certificada a la Dirección de Gestión, Control, Fiscalización
y Estadística, sita en calle 51 esquina 12, Torre I, piso 5º,
La Plata Código Postal 1900, consignando para identificación
número de expediente y/o Disposición.
ARTÍCULO 3º - El incumplimiento de la obligación de
pago, emergente de la multa impuesta, en el plazo estipulado en el artículo
2º de la presente, dará lugar al inicio del juicio de apremio
y/o inhibición general de bienes por la Fiscalía de Estado.
ARTÍCULO 4º - Registrar, comunicar, notificar. Cumplido, archivar.
Dardo Galli
Director de Contralor Agrop.,
Forestal y Agroalimentario
C.C.
12.636 / dic. 1º v. dic. 7
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
La Plata, 2 de noviembre de 2009.
POR 5 DÍAS
- El Jefe a cargo del Departamento de Contralor Interno y Externo de la
Dirección Provincial de Acción Cooperativa del Ministerio
de la Producción, sito en la calle 51 Nº 735 de la ciudad
de La Plata, (C.P. 1900), intima por el plazo de diez (10) días
hábiles a los Consejos de Administración de las Cooperativas
que se enumeran a continuación, sancionadas por la Autoridad de
Aplicación con el retiro de la autorización para funcionar,
a cumplimentar el procedimiento establecido en el Cap. X del Dec. Ley
20.337/73 y la Resolución I.N.A.C. Nº 329/80, debiendo comunicar
en dicho plazo los datos personales de los liquidadores designados y domicilio
actual de la entidad, y remitir en su oportunidad la documentación
correspondiente a la convocatoria a asamblea para la aprobación
del Balance e Inventario previstos por el art. 91 del mencionado dec./ley,
todo ello bajo apercibimiento de ley:
*Cooperativa de Trabajo La Esperanza Pergamino Ltda. Matrícula
Nacional Nº 12.078. Registro Provincial Nº 1685. Expte. 2770.4270/98.
Res. INAES Nº 2154/96.
*Cooperativa de Trabajo “TERRA” Ltda. Matrícula Nacional
Nº 20.645. Registro Provincial Nº 4269. Expte. 2770.10217/2001.
Res. INAES Nº 2979/2007.
*Cooperativa de Trabajo Nueva Esperanza Ltda. Matrícula Nacional
Nº 16.779. Registro Provincial Nº 2274. Expte. 2770.10613/2001.
Res. INAES Nº 2406/2007.
* Cooperativa de Trabajo y Servicios Sociales Puerto San Nicolás
Ltda. Matrícula Nacional Nº 10.066. Reg. IPAC Nº 2449.
Expte. 2770.4471/98. Res. INAES Nº 1858/96.
*Cooperativa de Tambera de Gral. Juan Madariaga Ltda. Matrícula
Nacional Nº 7727. Reg. IPAC Nº 1447. Expte. 2770.4221/98. Res.
INAES Nº 1261/94.
*Cooperativa de Trabajo Integral “Cosunca Coop. de Cachari”
Ltda. Matrícula Nacional Nº 12146. Reg. IPAC Nº 1692.
Expte. 2770.4268/98. Res. INAES Nº 2158/96.
*Cooperativa de Trabajo Los Pinares Ltda. Matrícula Nacional Nº
14.502. Reg. IPAC Nº 221 Expte. 2770.4437/98. Res. INAES Nº
001/98.
*Cooperativa de Trabajo Austral Ltda. Matrícula Nacional Nº
14.968. Reg. IPAC Nº 480. Expte. 2770.4217/98. Res. INAES Nº
2106/96.
*Cooperativa de Consumo del Gremio de la Construcción de San Clemente
del Tuyú Ltda. Matrícula Nacional Nº 3309. Reg. IPAC
Nº 1562. Expte. 2770.4572/98. Res. INAES Nº 1189/96.
*Cooperativa de Trabajo “Soberanía 4 de Junio” Ltda.
Matrícula Nacional Nº 12.645. Reg. IPAC Nº 1382. Expte.
2770.4220/98. Res. INAES Nº 442/97.
*Cooperativa de Trabajo de Servicios de Estibaje Esticar Ltda. Matrícula
Nacional Nº 14.487 .Reg. IPAC Nº 205. Expte. 2770.4201/98. Res.
INAES Nº 2033/95.
*Cooperativa de Trabajo Asociación de Trabajadores Cooperativa
Astracoop Ltda. Matrícula Nacional Nº 13.489.Reg. IPAC Nº
735. Expte. 2770.4218/98. Res. INAES Nº 2046/96.
*Cooperativa Obrera de Trabajo de Faenadores 10 de Junio Ltda. Matrícula
Nacional Nº 10.339. Reg. IPAC Nº 435. Expte. 2770.4200/98. Res.
INAES Nº 429/97.
*Cooperativa de Trabajo y Consumo Calchaquí Ltda. Matrícula
Nacional Nº 11.931. Reg. IPAC Nº 2411. Expte. 2770.4274/98.
Res. INAES Nº 917/97.
*Cooperativa de Trabajo 24 de Septiembre Ltda. Matrícula Nacional
Nº 13.540. Reg. IPAC Nº 2383. Expte. 2770.4470/98. Res. INAES
Nº 390/97.
*Cooperativa de Trabajo Química Bernal Ltda. Matrícula Nacional
Nº 12.424. Reg. IPAC Nº 1418. Expte. 2770.4351/98. Res. INAES
Nº 488/97.
*Cooperativa de Trabajo en Medios de Comunicación “Proyección”
Ltda. Matrícula Nacional Nº 12.648. Reg. IPAC Nº 1388.
Expte. 2770.4349/98. Res. INAES Nº 490/97.
*Cooperativa de Trabajo Habitat Ltda. Matrícula Nacional Nº
9.897. Reg. IPAC Nº 2426. Expte. 2770.4474/98. Res. INAES Nº
919/97.
*Cooperativa de Trabajo Textil Esperanza de Necochea Ltda. Matrícula
Nacional Nº 12.372. Reg. IPAC Nº 2152. Expte. 2770.4016/98.
Res. INAES Nº 828/97.
*Cooperativa de Trabajo El Federal Ltda. Matrícula Nacional Nº
12.359. Reg. IPAC Nº 2205. Expte. 2770.4523/98. Res. INAES Nº
931/97.
*Cooperativa de Trabajo Unidos de “El Retiro” Ltda. Matrícula
Nacional Nº 13.353. Reg. IPAC Nº 2217. Expte. 2770.4500/98.
Res. INAES Nº 2148/96.
*Cooperativa de Trabajo Argentina de Sistemas Electrónicos Ltda.
Matrícula Nacional Nº 13.108. Reg. IPAC Nº 2218. Expte.
2770.4520/98. Res. INAES Nº 888/97.
*Cooperativa de Trabajo Libertad Ltda. Matrícula Nacional Nº
10.954. Reg. IPAC Nº 2407. Expte. 2770.4237/98. Res. INAES Nº
855/97.
*Cooperativa de Trabajo para Amarre de Buques y Servicio de Lancha San
Nicolás Ltda. Matrícula Nacional Nº 13.318. Reg. IPAC
Nº 2381. Expte. 2770.4278/98. Res. INAES Nº 1851/96.
*Cooperativa de Trabajo de Reparación del Automotor “Talleres
9 de Julio” Ltda. Matrícula Nacional Nº 13.070. Reg.
IPAC Nº 2212. Expte. 2770.4238/98. Res. INAES Nº 900/97.
Pablo A. Sabathié.
A/C del Dpto. de Contralor Interno y Externo
Dirección Provincial de Acción Cooperativa
C.C. 12.796 / dic. 1º v. dic. 7
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-138816-09 ALDERETE FRANCISCO S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de GASTO DE SEPELIO, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.220 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-138760-09 AVENDAÑO NIEVES S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.221 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2350-134620-02 BEGUERIE JUAN ANGEL S/SUC
EL ACTA Nº 2899 DE FECHA 13 DE MARZO DE 2008.- CORRESPONDE AL EXPEDIENTE
Nº 2350-134620-02
Visto......POR ELLO, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
Artículo 1º.- Suspender el tramite del pago de los haberes
sucesorios requeridos por Maria Lucia FERNÁNDEZ Y Carlos Daniel
BEGUERIE, en carácter de cónyuge supérstite e hijo
del causante hasta tanto se dirima en sede judicial la cuestión
aludida en los considerandos de la presente.-
Artículo 2º.- Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento
para su notificación y cumplido a la Dirección de Planificación
y Gestión a los efectos indicados en el Punto II del Dictamen que
antecede.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.222 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-138837-09 BENITEZ JORGE ALFREDO S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.223 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
2918-62786-95 FASSIO LUIS MANUEL S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.224 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2918-84449-76 FLORES TOMAS RAMON ANGEL
EL ACTA Nº 2790 DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2005.- CORRESPONDE AL EXPEDIENTE
Nº 2918-84449-76
Visto......POR ELLO, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
Artículo 1º.-. Declarar legitimo el cargo deudor formulado
a Don Ramón Ángel Tomas FLORES, por haberes previsionales
percibidos indebidamente, que asciende a la suma de pesos setenta y un
mil ochocientos setenta y nueve con noventa y dos centavos ($71.879.92)
y a efectos de su recupero se deberá afectar el 20% de los haberes
previsionales mensuales hasta la cancelación total de la deuda.-
Artículo 2º.- Pasen las actuaciones al Departamento Informaciones
Generales- sector deudas- tanto para su notificación como para
la afectación.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.225 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2337-24043-80 GOMEZ ALBERTO EGIDIO EL
ACTA Nº 2830 DE FECHA 24 DE AGOSTO DE 206.- CORRESPONDE AL EXPEDIENTE
Nº 2337-24043-80-
Visto......POR ELLO, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
Artículo 1º.-. Declarar legitimo el cargo deudor formulado
a Alberto Egidio GOMEZ, por haberes percibidos indebidamente, durante
el lapso comprendido entre el comienzo de la percepción del beneficio
provincial y hasta el cese operado en el orden nacional, el que asciende
a la suma de $ 288.342,55 y a efectos de su recupero deberá afectarse
el 20% mensual de lo haeres previsionales del titular hasta la cancelación
total de la deuda.-
Artículo 2º.- Pase a la División Informaciones Generales-
sector deudas- tanto para su notificación como para la afectación
del haber.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.226 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-138820-09 GONZALEZ CORREA JUAN MANUEL S/SUC, a toda persona que
se considere con derecho al beneficio de GASTO DE SEPELIO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.227 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-58377-06 GRENILLON NELLY ESTHER S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.228 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS - EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, cita por el término de cinco (5) días en
el expediente N° 21557-133805-09 GUARRO EDGARDO LUIS S/SUC, a toda
persona que se considere con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo
apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.229 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-92541-08 NUÑEZ ANA MARIA S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.230 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-138818-09 PEREYRA JUAN CARLOS S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.231 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
2350-130575-02 POZZI MARTA EDITH S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.232 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-112949-08 QUIROZ RAMON ALCIDES S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.233 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-117203-08 RODRIGUEZ MARIO JOSE S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio de PENSIÓN, bajo apercibimiento de resolverse
las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.234 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-140555-09 PAIZ HILDA S/SUC, a toda persona que se considere con
derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.235 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
cita por el término de cinco (5) días en el expediente N°
21557-140556-09 TORRES LIDIA ILDA S/SUC, a toda persona que se considere
con derecho al beneficio del SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO, bajo apercibimiento
de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg,
Presidente IPS.
C.C. 13.236 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-061379-07, SIENKIEWICK LIDIA S/SUC,
LA RESOLUCIÓN Nº 582970, DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2007.-
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-061379-07.-
Visto el presente expediente por el cual Don FELQUER FERNANDO ALBERTO
solicita se le acuerde el beneficio Pensión en su carácter
de esposo de Doña SIENKIEWICK LIDIA, ex empleada de la Dirección
General de Cultura y Educación, fallecida el día 07/12/2006;
CONSIDERANDO:
Que con posterioridad al fallecimiento de la causante de autos, se dicta
la Resolución acordatoria del beneficio jubilatorio por cierre
de computo, a favor de SIENKIEWICZ Lidia por lo que corresponde dejar
sin efecto la mentada Resolución Nº 568073 de fecha 08/02/2007
obrante a fs. 28 y acordar la pensión solicitada por el cónyuge
supérstite.
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Dec. Ley
9650/80 (T. O.1994),
Que contando con la vista del Señor Fiscal de Estado a fs 32;
EL
HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 568073 de fecha
08/02/2007, obrante a fs. 28, por la que se acordó beneficio jubilatorio
por cierre de computo a Doña SIENKIEWICK LIDIA por haberse dictado
con posterioridad al fallecimiento
ARTÍCULO 2º.- Acordar el beneficio de Pensión a la
esposa del causante a don FELQUER FERNANDO ALBERTO, clase 1946, DNIM Nº
8336776 domiciliado en LA CALLE Cobo Nº 1252 de la Localidad de Mariano
Acosta, Partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3º.- El beneficio otorgado en el Art. 2º sera
abonado a partir del 8/12/2006, dia posterior a su fallecimiento y será
equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Directora
de 1ra con 32 Secciones EGB R.1 (30%) con 24 años desempeñado
en la Dirección General de Cultura y Educación.-
ARTÍCULO 4º.- Notificar por la presente lo dispuesto en el
Articulo 60 del Decreto Ley 9650/80 T.O 1994 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el presente en las planillas de pago de la Sección Magisterio.
ARTÍCULO 6º.- Establecer que han sido computados 34 años,
05 meses y 29 días de servicios.-
ARTÍCULO 7º.- Se deja constancia que la movilidad establecida
en el articulo 50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como
la disminución del haber, en la misma proporción que se
aumente o disminuya el haber del activo.-
ARTÍCULO 8º.- El haber correspondiente al cargo establecido
en el Art. 3º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; hecho pase al Dto.
Resoluciones (Legajos) para su notificación.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.077 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-065059-07, SINISCALCO, CARLOS ALBERTO
LA RESOLUCIÓN Nº 583.257 DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DE 2007.-
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-065059-07
CAUSANTE SINISCALCO, CARLOS ALBERTO
SOLICITA 05 JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA SERV. PUROS
Nº-LIQ. 421036.-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y; CONSIDERANDO:
Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 texto ordenado
1994.
Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello
EL
HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada
Serv. Puros a SINISCALCO, CARLOS ALBERTO, nacido el 18/09/1938, con Documento
de identidad DNIF 4272079 y domiciliada en BOEDO Nº 373 Capital Federal.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día 1/03/2007, y será equivalente al 57% del
sueldo y bonificaciones asignados al cargo de categoría 15 masa
de coro. Agrup. Artístico con 27 años de antigüedad,
desempeñado en Instituto Teatro Cultural -Teatro Argentino.-
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto en el
articulo 60 de Decreto Ley 9650, cuyo texto se acompaña.-
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 13 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado
26 años 01 meses y 00 días de servicio.-
ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá
a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Administración
General.
OBSERVACIONES:
El haber correspondiente al cargo establecido en el art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida en el art. 50 del decreto
ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber,
en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del
activo
ARTÍCULO 8º.- Regístrese en Actas; Notifíquese
al interesado.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.078 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-056395-06, VEGA, MARIA CRISTINA
S/SUC, LA RESOLUCIÓN Nº 584.880 DE FECHA 07 DE FEBRERO DE
2008.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-056395-06
CAUSANTE VEGA MARIA CRISTINA
SOLICITA 03 PENSIÓN EX JUBILADO C/ ESP. E HIJOS
Nº-LIQ. 222222-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, se encuentran reunidos todos los requisitos que dan derecho a la
prestación solicitada, de acuerdo a lo establecido en el articulo
34 de la Ley 9650/80 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
EL
HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión a JUAN CARLOS BASUALDO,
clase 1957, DNI 13115790 ya MARIA JULIETA BASUALDO, clase 1993 DNI 37948923
domiciliados en Cambaceres Nº 1308 Moreno.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del día 12/06/2006, y será equivalente al 53% del
sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Cat. 11 Servicio –
30 hs. con 15 años de antigüedad desempeñado por el
causante en Dirección General de Cultura y Educación y será
distribuido de acuerdo a lo establecido en el Art. 49 de la Ley 9650 entre
los beneficiarios enumerados en el Articulo 1 de la presente.-
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por el
Art. 65 Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.-
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 29 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado
15 años, 02 meses y 00 días de servicio.-
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Administración
General.-
ARTÍCULO 6º.- Establecer que el beneficio acodado a los hijos
caduca de acuerdo al siguiente detalle: MARIA JULIETA BASUALDO, 021/12/2011
Supeditado al cumplimiento de los supuesto en el Articulo 37 de la Ley
9650 Texto Ordenado 1994.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida por el articulo 50 del
Decreto Ley 9650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.079 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 215570-038416-06 VELEZ RAUL FRANCISCO
LA RESOLUCIÓN Nº 579.138 DE FECHA 5 DE SEPTIEMBRE DE 2007.-
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 215570-038416-06
CAUSANTE VELEZ RAUL FRANCISCO
SOLICITA 07 JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. PUROS
Nº-LIQ. 242424.-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Decreto Ley 9650 Texto Ordenado
1994.
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
EL
HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Puros
a VELEZ, Raúl Francisco nacido/a el 23/07/1948, con Documento de
Identidad LE 8339597 y domiciliado/a en 31 Nº 1018 Mercedes.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día 01/03/2006, y será equivalente al 100%
del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Suboficial Mayor (EG)
con 30 años de antigüedad desempeñado en Servicio Penitenciario.-
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 29 y 30 de la Ley 13237 cuyo texto se acompaña.-
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 18 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computados
30 años, 03 meses y 00 días de servicio.-
ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá
a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Servicio
Penitenciario.-
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.-
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.080 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-16404-05, VITA SEGUNDO CARINO S/SUC,
EL ACTA Nº 2899 DE FECHA 13 DE MARZO DE 2008.-
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-16404-05
Visto las presentes actuaciones por medio de las cuales se analiza la
propuesta de pago efectuada por la titular y,
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución de fecha 15-2-07 de fs. 42/43 se determino
compensar el cargo deudor, en concepto de haberes jubilatorios percibidos
indebidamente por el señor Vita Carino, en virtud del reingreso
a la actividad sin haber efectuado la correspondiente denuncia, con las
sumas adeudadas en concepto de pago de haberes, resultando un saldo a
favor de este Instituto de $ 101.548,89,
Que a fs. 47 se presenta la Sra. Querejeta proponiendo como forma de pago,
el abono de la suma debida en cuotas mensuales y consecutivas correspondiente
a la afectación del 20% de sus haberes pensionarios,
Que finalmente este cuerpo hace suyos los argumentos de hecho y de derecho
vertidos en el dictamen que antecede;
Por ello
EL
HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Receptar favorablemente la propuesta de pago efectuada por la
Sra. Herminia Luisa QUEREJETA, debiéndose afectar el 20% de los
haberes pensionarios hasta la cancelación de la deuda mencionada
precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Pasen las actuaciones al Departamento Informaciones
Generales – Sector Deudas- cumplido a la Dirección de Planificación
y Control de Gestión atento el punto II del dictamen que antecede.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.081 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2350-097740-01 ZERILLO, ANA MARIA.
Habiéndose detectado percepción de haberes previsionales
y continuidad de tareas en relación de dependencia para con el
municipio de MAR CHIQUITA, ÍNTIMO A UD. PARA QUE EN EL PLAZO PERENTORIO
DE 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES, ACLARE SU SITUACIÓN PREVISIÓNAL.
PARA ELLO DEBERA ACOMPAÑAR CERTIFICACIÓN DE CESE EN TAREAS
Y/O carácter DE LOS SERVICIOS Y/O DENUNCIA DE REINGRESO Y/O TODA
OTRA DOCUMENTACIÓN QUE HAGA A SU DERECHO, PRESENTÁNDOSE
PERSONALMENTE ANTE LADIRECCIÓNDE PLANIFICACIÓN Y CONTROL
DE GESTIÓN DE ESTE ORGANISMO O DELEGACIONES REGIONALES COMPETENTES,
BAJO APERCIBIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ART. 60 DEL DECRETO LEY 9650/80
T.O 1994 NORMATIVA DE LA CUAL TOMO CONOCIMIENTO AL MOMENTO DE NOTIFICARSE
DE LA RESOLUCIÓN ACORDATORIA DE SU BENEFICIO PREVISIONAL, Y PROCEDER
A LA BAJA DE LA PRESTACIÓN JUBILATORIA.
QUEDA UD. NOTIFICADO Y EMPLAZADO A CONFORME A DERECHO. FIRMADO: DRA CAROLINA
G. PEREZ, DIRECTORA DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN,
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROV. DE BS. AS.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I P.S.
C.C. 11.082 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-056494-06 BALBI, JUAN JOSE, LA
RESOLUCIÓN Nº 582.978 DE FECHA29 DE NOVIEMBRE DE 2007.-
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-056494-06. Causante BALBI JUAN
JOSE SOLICITA 02 JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. MIXTOS Nº-LIQ.
845697-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y,
CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 texto ordenado
1994
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Mixtos
a Balbi, Juan Jose, nacido/a el 12/05/1945 con Documento de Identidad
DNIM 7761100ydomiciliado/a en Darragueira Nº 1125 Ituzaingó.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día20/09/2006, y será equivalente al 70% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de nivel 17 BIS UJIER con 33
años de antigüedad desempeñado en poder judicial.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 60 decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 30 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
33 años, 04 meses y 09 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el presente en planillas de pago de la Sección administración
general.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
Por tratarse de servicios anteriores al 13/10/93, no se requerirá
el cálculo y transferencia de aportes y contribuciones a la caja
reconocedora atento lo establece el Decreto 78/94, Reglamentario del Artículo
168 de la Ley 24.241.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.517 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-055605-06, BARREDA, MARCELO ALBERTO,
LA RESOLUCIÓN Nº 582915 DE FECHA29 DE NOVIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 02157-055605-06. CAUSANTE BARREDA, MARCELO
ALBERTO SOLICITA 03 JUBILACIÓN POR INVALIDEZ SERV. PUROS
Nº-LIQ. 159357.-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Decreto Ley 9650 Texto Ordenado
1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Por Invalidez Serv.
Puros nacido/a el 05/05/1962 con Documento de Identidad, DNIM 16100510
y domiciliado/a en Aragón nº 5556Mar del Plata- General Pueyrredón.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día06/09/2006, y será equivalente al 70% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de UJIER nivel 17 biscon 28
años de antigüedad desempeñado en Poder Judicial.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 64 del Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 21 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
24 años, 05 meses y 07 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la sección Administración
General.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Teniendo el carácter de provisional y sujeto a revisión
hasta tanto se cumpla lo establecido en el Art. 33 párrafo II del
Decreto Ley 9650/80T.O. 1994- 50 años o más de edad y 10
de percepción del mismo.
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
Artículo 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.518 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 002350-151198-03, CORONEL, BASILIO ISMAEL,
LA RESOLUCIÓN Nº 582767 DE FECHA22 DE NOVIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 002350-151198-03. CAUSANTE CORONEL,
BASILIO ISMAEL SOLICITA 08 JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. MIXTOS Nº-LIQ.
418341.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y, CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 13.237,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Mixtos
a CORONEL, BASILIO ISMAEL, nacido/a el 08/02/1947 con Documento de Identidad,
DNIM 4748746 y domiciliado/a en Lorenzo Casey Nº 1496 Lujan.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día01/02/2006, y será equivalente al 100% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Suboficial mayor (EG) con
25 años de antigüedad desempeñado en Servicio Penitenciario.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 29 y 30 de la Ley 13.237 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 39 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
31 años, 08 meses y 05 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Servicio
Penitenciario.
Observaciones:
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo
Por tratarse de servicios anteriores al 13/10/93, no se requerirá
el cálculo y transferencia de aportes y contribuciones a la caja
reconocedora atento lo establece el Decreto 78/94, Reglamentario del Artículo
168 de la Ley 24.241.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.519 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 002337-044127-0-82, DE LA PUENTE BENIGNO
s/suc, LA RESOLUCIÓN Nº 582800 DE FECHA22 DE NOVIEMBRE DE
2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-048590-06. CAUSANTE DE LA PUENTE,
BENIGNO SOLICITA 01 PENSIÓN EX JUBILADO C/ ESPOSA/O Nº-LIQ.
412141.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34 de la
Ley 9650 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión: a Amelia Tolosa Lendres,
clase 1934, DNIF 1426113 domiciliados en Entre Ríos Nº 4335Mar
del Plata.-General Pueyrredón.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del 13/05/2006, y será equivalente al 56% del sueldo y bonificaciones
asignadas al cargo de obrero 44 Hs. clase con 13 años de antigüedad
desempeñado por el causante en municipalidad de General –
Pueyrredón.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 31 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
43 años, 01 meses y 25 días de servicios.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Observaciones:
Se deja constancia que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 T.O 1994 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.520 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-024361-05, di meglio ruben omar
s/suc, LA RESOLUCIÓN Nº 573405 DE FECHA17 DE MAYO DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-024361-05. CAUSANTE di meglio
ruben omar SOLICITA 04 PENSIÓN EX EMPLEADO C/ ESPOSA/O Nº-LIQ.
409890.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34 de la
Ley 9650 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión: a Marta Isabel Canosa,
clase 1950, DNIF 10180492 domiciliados en 25 de mayo Nº 2351 Claypole
– Alte Brown.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del 18/04/2005, y será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones
asignadas al cargo de personal obrero-clase 002-IV-30 HS con 15 años
de antigüedad desempeñado por el causante en municipalidad
de Alte .Brown.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 52 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
15 años, 04 meses y 17 días de servicios.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Observaciones:
Se deja constancia que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.521 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-057154-06 ECHEVARRIA, OSVALDOJOSE
MARIA S/SUC, LA RESOLUCIÓN Nº 582.964 del 29 de noviembre
de 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-057154-06. CAUSANTE Echeverría
Osvaldo José María SOLICITA 05 JUBILACIÓN POR EDAD
AVANZADASERV. PUROS Nº-LIQ. 402141.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Decreto Ley 9650/80 T.O.
1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de jubilación por ed. Av. Serv.
Puros a Echevarria, Osvaldo José Maria nacido /a el 22/08/1937,
con Documento de Identidad DNIM 4957070 y domiciliado /a en Belaustegui
Nº 2801 Moreno.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día 01/08/2006, y será equivalente al 48% del
sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Cat. 11- 48 hs. Servicio
con 20 años de antigüedad desempeñados en MINISTERIO
DE SALUD.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto en el
Artículo 60 de Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 30 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
19 años, 11 meses y 28 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Administración
General.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 T.O.1994 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.522 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2350-011927-0-96, Encina Bertozzi Mabel
Adriana S/SUC, LA RESOLUCIÓN Nº 582.735 DE FECHA22 DE NOVIEMBRE
DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-053244-06. CAUSANTE ENCINA BERTOZZI,
MABEL ADRIANA SOLICITA 01 PENSIÓN EX JUBILADO C/ ESPOSA/O Nº-LIQ.
2222222.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34 de la
Ley 9650/80 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión: a Antonio Omar Rossi,
clase 1936, DNIM 4851537domiciliados en Gral. Lavalle N° 4569 Gral.
SAN MARTÍN.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del 20/08/2006, y será equivalente al 64% del sueldo y bonificaciones
asignadas al cargo de secretaria R I (30%) con 24 años de antigüedad
desempeñado por el causante en Dirección General de Cultura
y Educación.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 31 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
38 años, 01 meses y 20 días de servicios.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el presente en las planillas de pago de la Sección Magisterio.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.523 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-050583-06, gandulfo norberto angel.,
LA RESOLUCIÓN Nº 582539 DE FECHA22 DE NOVIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE
AL EXPEDIENTE Nº 021557-050583-06. CAUSANTE GANDULFO, NORBERTO ANGEL
SOLICITA 02 JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. MIXTOS Nº-LIQ. 405414.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y,
CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 T.O 1994
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Mixtos
a GANDULFO, NORBERTO ANGEL nacido/a el 03/12/1939 con Documento de Identidad,
LE 4.302.059 y domiciliado/a en Saavedra nº 259 Monte Grande-Esteban
Echeverría.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día01/08/2006, y será equivalente al 80% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de medico Hosp. Ínter
zonal 36 hs. con 34 años de antigüedad desempeñado
en Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 60 decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 22 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
43 años, 07 meses y 00 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Servicio
Penitenciario.
Observaciones:
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
Oportunamente se solicitara a la caja reconocedora el calculo transferencia
de los aportes y contribuciones correspondiente a los servicios reconocidos
a partir del 13/10/93, no requiriéndose con anterioridad a dicha
fecha atento lo establece el decreto 78/94.
Reglamentario del Art. 168 de la Ley 24.241.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.524 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-058327-06, ICARDO ANGEL PAUSIDES,
LA RESOLUCIÓN Nº 583123 DE FECHA06 DE DICIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-058327-06. CAUSANTE ICARDO, ANGEL
PAUSIDES SOLICITA 01 JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. PUROS Nº-LIQ.
402141.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 T.O 1994
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Puros
ICARDO, ANGEL PAUSIDES nacido/a el 24/10/1941 con Documento de Identidad,
DNIM 4580207 y domiciliado/a en Caseros nº 329 – Troncos del
Talar- Tigre.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día01/11/2006, y será equivalente al 85% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Concejal desempeñado
en Municipalidad de Tigre.
ARTÍCULO 3º.-Notificar por la presente lo dispuesto por el
Art. 60 decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 35 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
43 años, 09 meses y 06 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Observaciones:
Se deja constancias que la movilidad establecida en el ARTÍCULO
50 del Decreto Ley 9650/80 T.O 1994 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.525 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 21557-064262-07, MONTGOMERY ANA DELIA,
LA RESOLUCIÓN Nº 583240 DE FECHA06 DE DICIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 21557-064262-07. CAUSANTE MONTGOMERY,
ANA DELIA SOLICITA 03 JUBILACIÓN POR INVALIDEZ SERV. PUROS Nº-LIQ.
418037.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y
CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Decreto Ley 9650 Texto Ordenado
1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Por Invalidez Serv.
Puros a MONTOMERY, ANA DELIA nacido/a el 21/10/1944 con Documento de Identidad,
DNIF 4999361 y domiciliado/a en Bouchard nº 566 - Lanús.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día13/03/2006, y será equivalente al 70% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Categoría 5 Servicio
30 hs. con 13 años de antigüedad desempeñado en Dirección
General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 64 del Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 15 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
13 años, 04 meses y 03 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Administración
General.
Observaciones:
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 T.O 1994 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
Teniendo el carácter de provisional y sujeto a revisión
hasta tanto se cumpla lo establecido en el Art. 33 párrafo II del
Decreto Ley 9650/80T.O. 1994- 50 años o mas de edad y 10 años
de percepción del mismo.
Fecha de comienzo atento fecha de presentación en autos y lo dispuesto
en el Art. 62 párrafo II del decreto – Ley 9650/80 (T.O 1994)
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deberá tener en cuenta la real fecha de comienzo que se establece
por la presente.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.526 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-052881-06, PAEZ JULIO OSCAR, LA
RESOLUCIÓN Nº 585404 DE FECHA14.. DEFEBRERODE 2008.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-052881-06. CAUSANTE PALADINO
EDUARDO HUGO SOLICITA 07JUBILACIÓN ORDINARIA SERV. PUROS Nº-LIQ.
159159.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 13.237,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Puros
PAEZ, JULIO OSCAR nacido/a el 15/08/1954 con Documento de Identidad, DNIM
11377348 y domiciliado/a en 140 e/ 47 y 48 Nº 822 La Plata.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día16/09/2006, y será equivalente al 100% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Suboficial Mayor (E.G) con
30 años de antigüedad desempeñado en el Servicio de
Penitenciario.
ARTCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los Art.
29 y 30 de la Ley 13237 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 21 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
30 años, 00 meses y 01 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Servicio
Penitenciario.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.-
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.527 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-054659-06.PERETTI, OSCAR ANTONIO,
LA RESOLUCIÓN Nº 582.576 DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-054659-06. CAUSANTE Peretti,
Oscar Antonio SOLICITA 06 JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA SERV. MIXTOS.
Nº-LIQ. 405414.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y, CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 T.O 1994
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por ED. AV. SERV.
MIXTOS a Peretti, Oscar Antonio nacido/a el 19/12/1940 con Documento de
Identidad, DNIM 4964483 y domiciliado/a en Ricardo Gutiérrez N°
1048 piso 10 Olivos – Vicente López.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día01/04/2006, y será equivalente al 69% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Técnico clase III
con 22 años de antigüedad desempeñado en Municipalidad
de Vicente López.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 60 decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 17 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
34 años, 01 meses y 13 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el presente en l planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Observaciones:
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 T.O implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción en que se aumente o disminuya
el haber del activo. Por tratarse de servicios anteriores al 13/10/93,
no se requerirá el cálculo y transferencia de aportes y
contribuciones a la caja reconocedora atento lo establece el Decreto 78/94,
Reglamentario del Artículo 168 de la Ley 24.241.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.528 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 2918-059286-74 REAL OFELIA S/SUC, LA
RESOLUCIÓN Nº 584.913 DE FECHA07 DE FEBRERO DE 2008.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 2350-164470-04. CAUSANTE REAL OFELIA
SOLICITA 01 PENSIÓN EX JUBILADO C/ ESPOSA/O Nº-LIQ. 405233.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 34 de la
Ley 9650/80 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión: a ERNESTO ROBERTO QUIROGA,
clase 1936, L.E 4954268 domiciliados en J.B. ALBERDI N° 194 JUNIN
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del día 25/03/2003, y será equivalente al 53% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de maestra de grado con 2 años
desempeñado por el causante en Dirección de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs.19 y la
liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados
que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados 03 años,
06 meses y 05 días de servicios.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección magisterio.
Observaciones:
Fecha de comienzo, atento la fecha de presentación en autos y lo
dispuesto por el Art.62 del Decreto –Ley 9.650/80 T.O. 1994.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art.2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.529 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-049166-06, Rearte, maria esther,
LA RESOLUCIÓN Nº 579420 DE FECHA13 DE SEPTIEMBRE DE 2007.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-049166-06, CAUSANTE REARTE, MARIA
ESTHER SOLICITA 05 JUBILACIÓNPOR EDAD AVANZADA SERV. MIXTOS Nº-LIQ.
401936.
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y, CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación
solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9650 T.O 1994.
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por edad avanzada
serv. Puros a REARTE, MARÍA ESTHER nacido/a el 24/01/1940 con Documento
de Identidad DNIF4.165823 y domiciliado/a en Libertador Nº 288 DTO
2 San Fernando.
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado
a partir del día01/08/2006, y será equivalente al 57% del
sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Categoría 16 48hs.
Técnico con 26 años de antigüedad desempeñado
en Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por los
Art. 60 del Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 22 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
26 años, 01 meses y 00 días de servicios.
ARTÍCULO 5º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Administración
General.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancias que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.530 / dic. 2 v. dic. 9
Provincia
de Buenos Aires
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Resolución
POR 5 DÍAS
- EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE N° 021557-046322-06, rodriguez juan carlos
S/SUC, LA RESOLUCIÓN Nº 584701DE FECHA07 DEFEBRERODE 2008.
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 021557-046322-06
CAUSANTE RODRIGUEZ, JUAN CARLOS
SOLICITA 04 PENSIÓN EX EMPLEADO C/ ESPOSA /O
Nº-LIQ. 421568.-
Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas
y
CONSIDERANDO:
Que, se encuentran reunidos todos los requisitos que dan derecho a la
prestación solicitada, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO
34 de la Ley 9650 Texto Ordenado 1994,
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.-
Por ello,
HONORABLE
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Acordar el beneficio de Pensión a: Norma Beatriz Herrera,
clase 1949, LC6202886 domiciliados en Alvear Nº 1370Lujan.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a
partir del 09/03/2006, y será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones
asignadas al cargo de personal administrativo-clase V -48 HS con 1 año
de antigüedad desempeñado por el causante en municipalidad
de Lujan.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el computo de servicios de fs. 41 y
la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no
efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que han computados
00 años, 08 meses y 08 días de servicios.
ARTÍCULO 4º.- El Departamento de Inclusiones procederá
a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene
percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida en el Artículo
50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución
del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el
haber del activo.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas; notifíquese
al interesado.
Juan
Carlos Lightowler Stahlberg
Presidente I.P.S.
C.C. 11.531/ dic. 2 v. dic. 9
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