La Circulación
Prioridad Normativa: En la vía pública se debe circular
respetando las indicaciones de la autoridad competente y las
señales de tránsito en ese orden de prioridad.
Serán requisitos para la circulación :
- Portar cédula verde identificatoria del vehículo.
- Portar certificado de habilitación técnica obligatoria.
- Portar certificado de cobertura que acredite fehacientemente la
vigencia de un seguro de responsabilidad civil contra terceros.
- Que posean matafuegos y balizas portátiles homologadas, de
acuerdo a lo reglamentado en este código.
- Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los
vehículos que por reglamentación deben poseerlo.
Límites de Velocidad
- En zona urbana:
En las calles, 40 Km por Hora. En Avenidas, 60 Km por Hora.
- En Zonas semiurbanas:
Para automóviles, 80 Km por Hora Para colectivos y casas rodantes, 60 Km por Hora
- En Zona Rural
Para automóviles, 110 Km por Hora. Para colectivos y casa rodantes, 90 Km por Hora
Régimen de Sanciones
Son responsables para este Código:
Las personas físicas que incurran en las conductas incriminadas,
aun cuando no exista intencionalidad.
Los mayores de 14 años. Los comprendidos entre 14 y 18 años, no
pueden ser sancionados con arresto. En todos los casos los
padres y en su caso los tutores o curadores serán solidariamente
responsables por las multas que se les apliquen.
Monto de las Multas
Cada infracción del usuario de la vía pública a las
disposiciones de la presente Ley, será sancionada con vente (20)
pesos hasta (100) cien pesos por las contravenciones al artículo
111 inciso 4), y desde cien (100) pesos hasta la suma
equivalente a diez (10) salarios mínimos del personal Municipal
de la comuna que reprime la infracción, para los casos previstos
en los incisos 1),2) y 3) de la citada disposición.
Sanciones
Las sanciones por infracciones a esta Ley son de cumplimiento
efectivo, no se aplicarán con carácter condicional ni en
suspenso y consiste en:
Amonestación, sólo aplicada por única vez y mientras no
registren antecedentes contravencionales.
- Multa
- Inhabilitación para conducir vehículos
- Arresto no redimible
- Concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación
para el correcto uso de la vía pública
- Decomiso, sanción accesoria que implica la pérdida de los
elementos cuya colocación, uso o transporte , esté
reglamentariamente prohibida
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